Preguntas Frecuentes

  • 1. ¿Qué es el bono canjeable por prendas de vestuario básicas de uniformes escolares de diario y sudadera?
    El bono canjeable hace parte de una estrategia de la Secretaría de Educación del Distrito para beneficiar con prendas básicas de uniformes escolares (diario y sudadera) a estudiantes víctimas del conflicto armado, con características específicas y que cursen los grados de primaria en los colegios oficiales de Bogotá.
  • 2. ¿A que equivale el bono canjeable?
    El bono tiene un valor de $150.000 pesos canjeables por prendas de uniformes escolares. En ningún motivo puede ser canjeado por dinero en efectivo.
  • 3. ¿Cuánto debo pagar para acceder al bono canjeable?
    El bono es totalmente gratuito, en ninguna circunstancia se debe pagar a intermediarios o terceros para ser beneficiario del bono.
  • 4. ¿Dónde me inscribo para acceder al bono?
    La Secretaría de Educación del Distrito realiza la focalización de la poblacional beneficiaria a partir de información internas y externas que permite determinar el grado de vulnerabilidad de los estudiantes. Por tanto, no existe formulario de inscripción para acceder a este beneficio. 
  • 5. ¿Quiénes son los beneficiados con el bono canjeable por prendas de vestuario de uniforme escolar?
    Estudiantes de los grados de primaria matriculados en colegios oficiales de la ciudad de Bogotá que son víctimas del conflicto armado interno (incluidos en el Registro Único de Víctimas -RUV) y que además cumplen con una serie de características específicas establecidos por la Secretaría de Educación del Distrito.
  • 6. ¿Cuáles son las características con que fueron elegidos las y los beneficiarios? 
    Los criterios para seleccionar a las y los estudiantes víctimas del conflicto armado beneficiados, fueron los siguientes:
    - Ser estudiantes matriculados en el Sistema Educativo oficial en los grados de Primaria (grado primero a grado quinto).
    - Estudiantes identificados y caracterizados con un tipo de discapacidad en el Sistema Integrado de Matrícula (SIMAT).
    - Estudiantes identificados y caracterizados con capacidades o talentos excepcionales en el Sistema Integrado de Matrícula (SIMAT).
    - Estudiantes pertenecientes a grupos Étnicos (Indígenas, negros y afrocolombianos, raizales, palenqueros, Rrom gitanos) que se encuentren registrados y caracterizados en el Sistema Integrado de Matrícula (SIMAT).
    - Estudiantes matriculados y atendidos en colegios de zonas rurales.
    - Estudiantes con los niveles de pobreza más altos de acuerdo con el Sisbén IV: Estudiantes en los niveles más bajos del SISBEN IV.
    - Estudiantes matriculados en los colegios con mayor índice de pobreza.
  • 7. ¿Quién se encarga de entregar las prendas para redimir el bono?
    INVERSIONES SARHEM DE COLOMBIA SAS es el proveedor autorizado por la Secretaría de Educación del Distrito de redimir, suministrar y entregar las prendas básicas de uniformes escolares de diario y sudadera.
  • 8. ¿Dónde son los puntos autorizados en los cuales puedo redimir el bono canjeable?
    El bono se puede redimir únicamente en los 5 puntos físicos autorizados. El bono no llega a la vivienda y tampoco es posible redimirlo virtualmente.
    El único punto físico establecido es el siguiente:
    • C. C. UNICENTRO DE OCCIDENTE
    • (Cra 111 C No. 86-05 Local 257).
    • El horario de atención es de lunes a domingo de 10:00 a.m. a 7:00 p.m. jornada continua.
  • 9. ¿Cuáles son los canales de comunicación oficial para informar el beneficio del bono escolar?
    La Secretaría de Educación les notifica a las familias de los estudiantes beneficiados a través de correo electrónico y mensaje de texto. A su vez, autorizó al proveedor SARHEM COLOMBIA S.A.S para ponerse en contacto con él envió de mensajes de texto, WhatsApp y correo electrónico a los beneficiados, informando el proceso de entrega y redención del bono.
    Cabe resaltar, que la Secretaría de Educación hizo un ejercicio previo de identificación de las y los beneficiarios. Por ello, el proveedor otorgará el bono, únicamente a quienes se encuentren dentro de la lista de beneficiarios.
  • 10. Si me llegó el mensaje por medio de mensaje de texto, WhatsApp o correo electrónico para redimir el bono ¿Qué debo hacer?
    Si recibe el mensaje a través de su celular o correo electrónico es porque él o la estudiante fue beneficiario con el bono canjeable por prendas básicas de uniformes escolares de diario y sudadera. Las familias deben acercarse a alguno de los 5 puntos físicos dentro del horario establecido con los siguientes documentos:
    • Original y copia del documento del estudiante beneficiario.
    • Original y copia del documento del padre de familia o acudiente.
    • Tener presente el código del bono que se informó en el mensaje.
  • 11. ¿Quién puede redimir el bono escolar?
    El bono puede ser redimido por el acudiente del estudiante. En caso de que no sea posible asistir, debe designar a una persona mayor de edad y deberá acercarse a uno de los cinco puntos autorizados con su documento original y copia, así como del estudiante, y fotocopia del documento del acudiente. Aunque no es necesaria la presencia del o la estudiante al momento de la redención del bono, se recomienda medirse las prendas en el punto físico.

    La devolución de una prenda aplica únicamente por su mala calidad, de este modo la garantía es de tres meses contados a partir de la fecha de la entrega de las prendas al beneficiario. Por lo tanto, se cambia la prenda una vez hecha la revisión de esta, si se evidencien defectos, deterioro en los materiales o en la fabricación, que no se deriven del uso normal y adecuado.
  • 12. ¿El bono se puede transferir, regalar, o intercambiar por dinero?
    NO, el bono está dirigido únicamente al estudiante beneficiario descrito en el mensaje, por lo tanto no se puede transferir o regalar a un estudiante diferente, o intercambiar por dinero.
  • 13. ¿El bono requiere autorización?
    El bono NO requiere autorización previa para ser redimido, ya que la Secretaría de Educación del Distrito identificó previamente a los beneficiados, y únicamente debe acercarse a los puntos físicos, junto con los documentos de identificación previstos y su copia, y teniendo presente el código del bono se puede redimir.
  • 14. ¿Qué sucede si no redimo el bono en los plazos establecidos?
    El bono tiene una vigencia de dos (2) meses a partir del envío del mensaje, por lo tanto, si no es canjeado en este periodo, este perderá vigencia y no podrá ser redimido. En caso de no estar interesado en el bono canjeable por prendas escolares, puede dirigirse al punto de atención e informar o esperar el término de la vigencia.
  • 15. ¿Qué pasa con los bonos que no se canjeen?
    En caso de que el bono no sea redimido en los tiempos establecidos y pierda su vigencia, la Secretaría de Educación del Distrito realizará el cambio por otro estudiante que cumpla con las características para ser beneficiado.
  • 16. ¿Cuántas prendas puedo redimir con el bono?
    El bono puede ser redimido por las prendas que completen el valor establecido ($150.000), siempre y cuando no superen el número de dos (2) prendas de la misma referencia.
  • 17. ¿Cuáles son las prendas por las que se puede redimir el bono?
    Son prendas básicas de uniformes escolares de diario y sudadera que se relacionan a continuación:
Sarhem

Sarhem

Dirección:

INVERSIONES SARHEM DE COLOMBIA SAS
Kiómetro 1.5 Vía Siberia - Cota
Potrero Chico
Parque Empresarial San Miguel
Bodega 11B


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